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	<title>El Blog del Seguro &#187; Juan Antonio Marín Sánchez</title>
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	<description>El Primer Blog dedicado en exclusiva al Sector Asegurador</description>
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		<title>Boletín Técnológico para el Seguro</title>
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		<pubDate>Tue, 05 Feb 2008 09:48:04 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Juan Antonio Marín Sánchez</dc:creator>
				<category><![CDATA[Mediación]]></category>

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		<description><![CDATA[BTS (Boletín Técnológico para el Seguro) es una de las publicaciones electrónicas que edita INESE relacionadas con el sector asegurador centrada en las nuevas tecnologías. Es una publicación que mantiene los parámetros de calidad de información que tienen en común todos sus boletines y con el especial añadido en este caso que se difunde de [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>BTS (<strong>Boletín Técnológico para el Seguro</strong>) es una de las publicaciones electrónicas que edita <a target="_blank" href="http://www.inese.es/">INESE</a> relacionadas con el sector asegurador centrada en las nuevas tecnologías. Es una publicación que mantiene los parámetros de calidad de información que tienen en común todos sus boletines y con el especial añadido en este caso que se difunde de manera gratuita de forma semanal vía correo electrónico.</p>
<p>Se puede solicitar su recepción desde esta <a target="_blank" href="http://www.inese.es/publicaciones/suscripciones/formulario-boletin-tecnologico.htm">dirección</a>. Creemos que es una fuente fundamental para estar informados de las últimas noticias relacionadas con las nuevas tecnologías.</p>
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		<title>Avisos legales</title>
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		<pubDate>Fri, 01 Feb 2008 11:59:47 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Juan Antonio Marín Sánchez</dc:creator>
				<category><![CDATA[Leyes]]></category>

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		<description><![CDATA[Interesante artículo que Enrique Dans escribe hoy en su blog relacionado con los afamados &#8220;disclaimers&#8221; que incluimos en los pies de nuestros correos electrónicos: Es una cosa que me resulta la mar de molesta: alguien te envía un correo electrónico, y en la parte inferior, cuando has terminado de leerlo, te aparecen algo así como [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Interesante  artículo que <a href="http://www.enriquedans.com">Enrique Dans</a> escribe hoy en su blog relacionado con los afamados &#8220;<em>disclaimers</em>&#8221; que incluimos en los pies de  nuestros correos electrónicos:</p>
<blockquote><p>Es una cosa que me resulta la mar de molesta: alguien te envía un correo electrónico, y en la parte inferior, cuando has terminado de leerlo, te aparecen algo así como diez o veinte líneas de texto, en muchas ocasiones más largo que el cuerpo del mensaje como tal, advirtiéndote de las cosas que puedes y no puedes hacer con el correo recibido&#8230;</p>
<p class="author"><a href="http://www.enriquedans.com/2008/01/la-tonteria-de-los-disclaimers-en-los-correos-electronicos.html">Articulo completo</a></p>
</blockquote>
<p>No me había parado a pensarlo detenidamente pero creo que tiene toda la razón.</p>
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		<title>Estado de la blogosfera en el sector asegurador</title>
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		<pubDate>Thu, 13 Dec 2007 11:21:30 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Juan Antonio Marín Sánchez</dc:creator>
				<category><![CDATA[Mediación]]></category>
		<category><![CDATA[Opinión]]></category>

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		<description><![CDATA[Ayer tuve la oportunidad gracias a ICEA de participar como ponente en una interesante jornada enfocada a &#8220;Las nuevas oportunidades de negocio del sector asegurador&#8221;, dejando al margen mi aportación, que ahora comentaré, el resto de las ponencias fueron muy interesantes, bien enfocadas en el diseño del programa y bien presentadas por parte del los [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Ayer tuve la oportunidad gracias a ICEA de participar como ponente en una interesante jornada enfocada a &#8220;Las nuevas oportunidades de negocio del sector asegurador&#8221;, dejando al margen mi aportación, que ahora comentaré, el resto de las ponencias fueron muy interesantes, bien enfocadas  en el diseño del programa y bien presentadas por parte del los ponentes y así se refrendo con una gran asistencia de profesionales de la mediación.</p>
<p>A mi me toco desgranar desde nuestra experiencia &#8220;<strong><em>Cómo aplicar los blogs al mundo de la empresa</em></strong>&#8221; tratando de acercar un poco más este mundo a nuestro sector.</p>
<p>De entre las muchas conclusiones que he sacado tras la jornada una de ellas es que a nuestro sector le falta mucho camino por recorrer en este mundo, aún nos falta tiempo hasta llegar a tratrar a las bitácoras corporativas  como una herramienta más, como comentó recientemente <a target="_blank" href="http://www.enriquedans.com/2007/12/blogs-corporativos-el-directivo-y-la-falta-de-tiempo.html">Enrique Dans</a> &#8220;<em>&#8230;dejar de verlas como un ejercicio de modernidad</em>&#8221; y quizás lo más importante y difícil integrarlos en el flujo de trabajo de nuestras empresas.</p>
<p>Supongo que como en el resto de los sectores profesionales se trata de una cuestión de tiempo.</p>
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		<title>Protección para el consumidor</title>
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		<pubDate>Tue, 12 Dec 2006 06:06:17 +0000</pubDate>
		<dc:creator>Juan Antonio Marín Sánchez</dc:creator>
				<category><![CDATA[Leyes]]></category>
		<category><![CDATA[Mediación]]></category>

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		<description><![CDATA[En muchas ocasiones por falta de información los consumidores se ven obligados, generalmente por parte de entidades financieras, a la contratación de algún tipo de seguro. Es una práctica habitual que bancos, cajas de ahorro y otro tipo de entidades les impongan la contratación de una póliza de seguros de una Compañía determinada. Este tipo [...]]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>En muchas ocasiones por falta de información los consumidores se ven obligados, generalmente por parte de entidades financieras, a la contratación de algún tipo de seguro.<br />
Es una práctica habitual que bancos, cajas de ahorro y otro tipo de entidades les impongan la contratación de una póliza de seguros de una Compañía determinada. Este tipo de exigencias viene camufladas con justificaciones del tipo:</p>
<ul>
<li>es con la compañía de garantía del banco</li>
<li>el interés del crédito será inferior</li>
<li>somos mediadores de seguros y podemos hacerlo</li>
<li>las posibilidades de aceptación del crédito mejorarían</li>
<li>etc…</li>
</ul>
<p>Con todo lo anterior y con las leyes en la mano el consumidor debe saber que no está obligado a aceptar dicha imposición. En su día tuvo mucha repercusión en los medios la sentencia del <a target="_blank" href="http://www.eleconomista.es/economia/noticias/39066/11/06/El-Supremo-rechaza-que-una-caja-subordine-la-concesion-de-credito-hipotecario-a-suscribir-un-seguro-con-la-entidad.html">Tribunal Supremo</a> <a target="_blank" href="http://www.cincodias.com/articulo/empresas/Competencia/reabrira/expediente/Caja/Madrid/seguro/hipotecario/cdscdi/20060705cdscdiemp_32/Tes/">que</a> <a target="_blank" href="http://www.estrelladigital.es/a1.asp?sec=eco&#038;fech=05/07/2006&#038;name=cajamadrid">rechazó</a> que Caja Madrid subordinará la concesión de un crédito hipotecario a la suscripción de un seguro con una entidad aseguradora. A pesar de sentencias como esta muchas entidades financieras siguen actuando en la misma línea pero el consumidor debe saber que las leyes están de su parte. En concreto:</p>
<p>La Ley 26/2006 de 17 de Julio de Mediación en Seguros y Reaseguros Privados le concede el derecho a elegir libremente como se extracta del TITULO I, Artículo 5 relativo a Prohibiciones que en su punto 2e:</p>
<blockquote><p>Los mediadores de seguros y reaseguros privados no podrán imponer directa o indirectamente la celebración de un contrato de seguros.</p>
</blockquote>
<p>Así mismo la <a target="_blank" href="http://civil.udg.es/NORMACIVIL/estatal/contract/lgdcu.html">Ley 26/1984 de 19 de Julio para la Defensa de los Consumidores</a> y Usuarios protege sus derechos y dice en su ADICIONAL PRIMERA relativa a prohibiciones en el punto V 23:</p>
<blockquote><p>La imposición al consumidor de bienes y servicios complementarios o accesorios no solicitados.</p>
</blockquote>
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